- 01/03/2024 Visitas: 309
Gobierno de la Ciudad de San Justo
Sistema de estacionamiento medido...En conferencia de prensa, el intendente Nicolás Cuesta, el Secretario de Gobierno, Diego Palmier y los concejales Georgina Martinez, Matías Borla y Ramón Grandotti, presentaron el SEM.
El mismo comenzará a partir del 4 de marzo y, hasta el 31 de mayo, será el periodo de adaptación.
Un programa de ordenamiento de tránsito vehicular que abarca parte del centro de nuestra ciudad e incentiva la utilización de medios de transportes alternativos para reducir el impacto ambiental.
Desde el 4 de MARZO hasta el 31 de Julio tendrá lugar el período de adaptación.
El Sistema, fue presentado esta mañana en conferencia de prensa por el Intendente de la Ciudad, Nicolás Cuesta y el secretario de Gobierno, Diego Palmier, entre otras autoridades.
PARA TENER EN CUENTA:
¿Qué es SEM San Justo?
Un sistema simple, fácil y trasparente de estacionamiento que mejorará la convivencia entre vehículos y peatones en lugares estratégicos y de gran concurrencia.
¿Dónde funciona el SEM?
• Calle Iriondo – Desde San Martín hasta Nicolás Figueredo
• Calle 9 de Julio – Desde 25 de Mayo hasta Urquiza
• Calle Cabal – Desde Batalla de Tucumán hasta Independencia
• Calle Belgrano – Desde Batalla de Tucumán hasta Independencia
• Calle Batalla de Tucumán – Desde Cabal hasta Belgrano
• Calle Independencia – Desde Cabal hasta Belgrano
¿Qué días y horarios?
De lunes a viernes. De 7hs a 13hs
¿Cómo funciona?
1- Descargas la APP “San Justo Sí” desde tu celular. (Disponible para ANDROID y para IOs)
2- Te registras como usuario de Estacionamiento Medido y gestionas tus patentes
3- Y listo, solo tenes que recordar dar inicio al periodo de estacionamiento y antes de irte finalizar estacionamiento.
ESTE SISTEMA NO ES RECAUDATORIO PARA EL MUNICIPIO, SINO QUE VOS ELEGÍS A QUE PROYECTO DESTINAS TU SALDO
En la APP, seleccionas “Beneficia un proyecto” y, cada vez que estacionas, elegís a dónde queres que vayan los fondos recaudados.
- Residuos Electrónicos y Peligrosos
- Cestos para escuelas
- Árboles para “Acompañar de la Cuna”
- Subite a la Bici
- Becas para deportistas de elite
- Becas universitarias
MÁS INFORMACIÓN…
EXEPCIONES: quedan eximidos del arancelamiento los siguientes vehículos y en los siguientes casos:
a) Los vehículos que realicen carga y descarga de mercaderías mientras estén desarrollando efectivamente su tarea, en los horarios predeterminados y en las dársenas respectivas.
b) Ambulancias y bomberos en servicio.
c) Vehículos de la Policía de Seguridad y Gendarmería Nacional.
d) Los vehículos oficiales debidamente identificados.
VIVIENDA FAMILIAR CON GARAJE EN ZONA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO:
Los propietarios, poseedores o locatarios de inmuebles destinados a vivienda familiar afectados dentro del radio de implementación del sistema, que posean garaje, deberán acreditar los requisitos indicados a continuación y se les otorgará un solo permiso (oblea de Libre Estacionamiento), por el término de un (1) año que podrá ser utilizado solo en la entrada para vehículos perteneciente al Inmueble:
a) título de propiedad o contrato de locación;
b) fotocopia del documento de identidad con domicilio actualizado;
c) fotocopia de título del vehículo;
d) libre deuda municipal y patente al día, tanto del inmueble como del vehículo para el cual solicita la excepción.
VIVIENDA FAMILIAR SIN GARAJE EN ZONA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO:
Los propietarios, poseedores o locatarios de inmuebles destinados a vivienda familiar afectados dentro del radio de implementación del sistema, que no posean garaje, deberán acreditar los requisitos indicados precedentemente, más la constatación de que el inmueble no cuenta con garaje y se les otorgará un solo permiso (oblea de Libre Estacionamiento), por el término de un (1) año, para ser utilizado solo en la cuadra perteneciente al inmueble, o en el área que a tal fin disponga el Departamento Ejecutivo Municipal, renovable en las mismas condiciones con individualización del autorizado y del vehículo.-
IMPORTANTE: Para las personas con capacidades diferentes que conduzcan vehículos se otorgará una credencial especial, personal e intransferible, que permitirá el libre estacionamiento en cualquier dársena por un plazo no mayor de 1 hora. Será condición necesaria que dicha persona sea titular del dominio del vehículo en cuestión. Idéntica medida se adoptará para los progenitores, tutores o responsables de personas que posean certificado de discapacidad otorgado por autoridad competente.
PARA MÁS CONSULTAS E INFORMES: Acercarse al P.A.C, Punto de Atención Ciudadana. (OFICINA UBICADA EN LA INTERSECCIÓN DE LAS AVENIDAS IRIONDO Y 9 DE JULIO).
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